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Justicia electoral abierta

Por Redacción
31 julio, 2020
En Uncategorized
Justicia electoral abierta

Puebla, Pue. 2 Junio 2019. En la Facultad de Ciencias de la Comunicación, se realizó la apertura de paquetes electorales de votos provenientes del extranjero. //Rodrigo Peña/Agencia Enfoque//

Norma Angélica Sandoval Sánchez

La justicia electoral ha sido parteaguas para lograr la participación activa y efectiva de las mujeres en la vida política del país. La jurisdicción electoral, local y federal, han marcado la pauta para lograr reformas constitucionales y legales que posicionen a las mujeres dentro de las esferas de toma de decisiones.

En Puebla, el Tribunal Electoral ha adoptado para el dictado de sus sentencias la perspectiva de género como piedra angular; así, nuestras determinaciones toman en cuenta circunstancias específicas de grupos en particular, garantizando que la impartición de justicia tome en cuenta metodología y mecanismos que nos permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres para crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la igualdad de género.

Como muestra de ello, durante el año pasado dictamos distintas sentencias en las que se protegió la participación política de las mujeres y su derecho a una vida libre de violencia.

En el expediente TEEP-AE-083/2018 que derivó de un procedimiento ordinario sancionador, el Pleno del Tribunal Electoral determinamos que en el ejercicio de la función como representantes de partidos políticos registrados ante la autoridad electoral administrativa local, aún dentro del debate político, debían abstenerse de realizar manifestaciones que generaran violencia política, simbólica, sexual y psicológica en contra de las mujeres. En la sentencia se sancionó con amonestación pública, pues según los principios del ius puniendi era la que correspondía atendiendo al catálogo contenido en el código electoral local; sin embargo, fue la primera vez que se establecieron medidas de reparación y garantías de no repetición ordenándose una disculpa pública. A partir de que el hecho se retomó en medios de comunicación digitales, se les solicitó que al inicio de la nota informativa colocaran un texto señalando que tal conducta había sido sancionada por violencia política de género. Con ello, se garantizaba de igual manera la libertad de expresión de los periodistas.

Por otra parte, dentro del recurso de apelación TEEP-A-007/2019 y su acumulado TEEP-A-020/2019, en el que dos regidoras presentaron sus medios de impugnación al considerar que sufrían violencia política de género, además de que se dejaron de pagar las ministraciones a que tienen derecho por el ejercicio del encargo, así como se les impedía en el recinto el ejercicio de sus funciones, además de que las incoantes señalaron que eran indígenas. El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Puebla estableció la adopción de medidas cautelares con la finalidad de que los actos que se consideraron violentos cesaran, ordenando e instruyendo al Gobernador interino del estado, a los titulares del Instituto Poblano de la Mujer, la Secretaria de Seguridad Pública, la Secretaría General de Gobierno y a los integrantes del ayuntamiento, ejercieran sus atribuciones y adoptaran medidas para la,protección de las recurrentes. En el dictado de la resolución, se realizó con perspectiva intercultural y de género.

En el expediente TEEP-A-114/2019 relativo a la elección de la Junta Auxiliar de  Xochitepec, se determinó por la mayoría del Pleno anular el proceso plebiscitario en atención a que el resultado del mismo se vio afectado por distintos actos que generó el ayuntamiento que organizó, desarrolló y calificó el proceso electivo, pues no propició la participación activa de las mujeres, las planillas no registraron a ninguna mujer, se atendió al uso y costumbre de la comunidad en donde la votación se realiza por fila, y al verificar los documentos se advirtió que no se señaló cuántas mujeres se habían formado para ejercer su derecho al sufragio, en la resolución de referencia se adoptó la perspectiva intercultural y de género.

Cierto, falta mucho por hacer, no obstante, es necesario reconocer que las sentencias dictadas por el Tribunal Electoral en la entidad se realizan con perspectiva de género, con el firme propósito de erradicar cualquier acto que coloque en desventaja a las mujeres en la vida política

Finalmente, me uno a las felicitaciones al Director Editorial, Erick Becerra, y a todo su equipo de trabajo del nuevo El Heraldo de Puebla por su Primer Aniversario. ¡Enhorabuena!

Norma Angélica Sandoval Sánchez
Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Puebla
Etiquetas: Justicia Electoral AbiertaJusticia electoral: protección de la participación política de las mujeres
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