El Notariado es una institución que a través de la fe pública – soporte de la certeza, seguridad y legalidad – garantiza la verdad y apego al cumplimiento del orden normativo. Y, para cumplir con sus fines, aprovecha todos los elementos tecnológicos disponibles para brindar mayor confianza a las personas.
En la vigente Ley del Notariado, se incorporan los medios electrónicos como elementos que le permitan al Notario cumplir con sus funciones legales, es decir, se acepta que el fedatario pueda aprovechar los avances tecnológicos.
Así, el Colegio Nacional del Notariado ha proveído de una herramienta adicional para brindar mayor confiabilidad a través de un programa denominado Sello Digital Notarial que es un timbrado digital a través de un código QR.
El código QR o código de respuesta rápida (proviene de sus siglas en inglés “quick response barcode”) es un sistema para almacenar información, se trata de un código de barras bidimensional.
De esta manera, el Notario podrá generar un código QR en el que ingresará el número de escritura, el volumen, la fecha y el acto jurídico, toda esta información la agrega a un sistema computacional y al ser validado por el Notario queda referenciado en el Código QR, mismo que podrá imprimir en los testimonios de los instrumentos notariales.
La trascendencia está en el hecho de que sólo las autoridades notariales y los Notarios podrán formar parte del sistema o programa, para lo cual, se debe pertenecer al Colegio Nacional del Notariado, contar con las herramientas tecnológicas adecuadas, con un correo electrónico registrado ante ellos y estar al corriente en sus cuotas, es decir, se trata de un sistema cerrado.
Luego, de esta manera se facilita la validación en la autenticidad de un instrumento notarial y reducir los apócrifos, ya que toda esa información estará en una base de datos nacional, lo cual también garantiza que la validación de la información sea más ágil entre los Notarios y las autoridades.
En efecto, cualquier persona que tenga un testimonio en el que encuentre impreso un código QR podrá verificar que el contenido y validez de dicho documento acudiendo con cualquier Notario (que cuente con la tecnología y pertenezca al Colegio Nacional del Notariado) para que constate dicha información, generando mayor confianza en el usuario.
Este código QR apremia a que los Colegios Estatales y las autoridades notariales acuerden y realicen las adecuaciones legislativas para que sea legal la impresión y el lugar de ubicación de la impresión de los códigos QR en cada testimonio, sea que se autorice uno solo o uno en cada hoja de los testimonios, pues la ley notarial establece dimensiones especiales para cada hoja del testimonio notarial.
Es así como, cada vez más, se aprovechan los adelantos tecnológicos digitales para que el Notario garantice la seguridad y certeza jurídica de los actos o hechos de los que son puestos a su conocimiento, y el Sello Digital Notarial permite autentificar y validar el resultado de la función notarial, en beneficio de la sociedad.
Foto: Freepik