Por: Dr. Juan Carlos Botello
La representante comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, solicitó este lunes 12 de junio a México que revise si a los trabajadores de una planta de confección ubicada en el estado de Aguascalientes se les está negando el derecho a la libertad de asociación y a la negociación colectiva. La planta de confección referida es Industrias del Interior (INISA). Es la décima ocasión que E.U.A. ha invocado formalmente el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC (RRM), así como la quinta vez en 2023 y la primera vez que lo hace en el sector de la confección. Dicho mecanismo se creó con la finalidad de salvaguardar los derechos de los trabajadores, así como las promesas ofrecidas bajo el T-MEC. Por su parte, la Subsecretaria Adjunta de Asuntos Internacionales, Thea Lee del gobierno norteamericano, declaró que «la injerencia patronal en los asuntos internos de los sindicatos y la coacción a los trabajadores para dejar de lado a los dirigentes sindicales recién elegidos es inaceptable», refiriéndose con esto al caso específico de INISA. Continuó señalando que «el gobierno mexicano siempre ha manifestado su apoyo a la plena aplicación de la reforma laboral. Trabajando juntos, podemos abordar los problemas de este caso y proteger los derechos de los trabajadores».
Ahora bien, vale la pena señalar los antecedentes de este caso. El 12 de mayo, el Comité Laboral Interinstitucional de Vigilancia y Cumplimiento (CIT) del T-MEC recibió una petición RRM por parte de una organización laboral mexicana denominada Frente Auténtico del Trabajo y del sindicato de Industrias del Interior (sindicato que representa a los trabajadores de la planta). En dicha petición se alega que INISA, que fabrica prendas de mezclilla, está cometiendo actos de injerencia patronal al coaccionar a los trabajadores para que acepten las revisiones del convenio colectivo propuestas por la empresa e intervenir en los asuntos internos del sindicato. La petición también alega que INISA no está negociando de buena fe con el sindicato. El CIT revisó las peticiones RRM, así como la información que las acompaña durante un plazo de 30 días. Después de haber hecho una exhaustiva revisión, determinó que existen pruebas suficientes y creíbles de una denegación de derechos que permiten invocar de buena fe los mecanismos de aplicación. México tiene diez días para aceptar llevar a cabo una revisión y, si acepta, 45 días a partir del día 12 de junio para completar la revisión. Por lo pronto y de acuerdo al sitio oficial de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos, la representante comercial Tai ha ordenado al Secretario del Tesoro que suspenda la liquidación definitiva de las cuentas aduaneras relacionadas con las entradas de mercancías procedentes de la instalación. Habrá que esperar las acciones que determine el gobierno federal para investigar el caso y en su momento aplicar las acciones correctivas subsecuentes en pro de la libertad sindical, que, dicho sea de paso, es un concepto que ahora está incluido en el T-MEC.









