Alejandro Ariza Alonzo, dirigente de la Sección 23 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), aplaudió la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en beneficio de los trabajadores de la educación.
De este modo, aseveró que con esta medida se alcanza jurisprudencia en beneficio de los docentes y que, con el gobierno federal, encabezado por Andrés Manuel López Obrador, la aplicación será obligatoria a partir de este lunes 23 de septiembre.
«Un nuevo logro para todos los trabajadores de la educación en el país. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) no puede aplicarse para determinar la cuota diaria o la limitante de pago de una pensión, por tratarse de naturaleza laboral regida por el salario mínimo».
Recordó que esta propuesta fue impulsada por el SNTE y hoy responde al sentir de todos los trabajadores de la educación en el país, ya que, reiteró, la pensión para los docentes es una prestación de seguridad social derivada de la relación de trabajo y sustentada propiamente en el salario.
“Con motivo del decreto de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2016, se modificó el artículo 123, apartado A, fracción VI de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, a efecto de desindexar el salario, el cual históricamente se utilizó como base y cálculo de los montos de las obligaciones previstas en diversos ordenamientos jurídicos ajenos a la materia laboral, para ahora establecer la Unidad de Medida y Actualización para esos fines, reservándose el uso del salario sólo para cuestiones que no sean ajenas a su naturaleza laboral”.
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