Jorge Arroyo Martínez.
Con palabras claras, ¿Deben o no las empresas pagar el salario completo a sus trabajadores?
La realidad es que los Acuerdos emitidos por el Gobierno Federal buscan favorecer jurídicamente a las y los trabajadores. Lo anterior, en razón de que la Ley Federal del Trabajo establece:
“Artículo 427.- Son causas de suspensión temporal de las relaciones de trabajo en una empresa o establecimiento: VII. La suspensión de labores o trabajos, que declare la autoridad sanitaria competente, en los casos de contingencia sanitaria.”
Artículo 429.- En los casos señalados en el artículo 427, se observarán las normas siguientes: IV. Si se trata de la fracción VII, el patrón no requerirá aprobación o autorización del Tribunal y estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes.
Sin embargo, el Acuerdo del Consejo de Salubridad, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo del año en curso, menciona de manera intencional, que se declara como “emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) y no «Contingencia Sanitaria», lo que implica que de conformidad con el artículo 429 de la Ley Federal del Trabajo, las empresas con actividades no esenciales no pueden pagar el salario mínimo a sus trabajadores durante la «Emergencia» y deben pagar la totalidad del salario.
Así las empresas tienen las siguientes opciones: a) pagar el salario mínimo y arriesgarse a que en caso de demanda, las Juntas de Conciliación y Arbitraje resuelvan en favor de las y los trabajadores, b) acudir a las Juntas de Conciliación y Arbitraje (las cuales actualmente están cerradas) para que declaren la suspensión de las y los trabajadores por fuerza mayor y después determinen la indemnización, que será mayor al salario mínimo, c) absorber, si pueden, el golpe y pagar por completo a sus trabajadores y d) Firmar convenios obrero patronales respecto del salario, con lo cual ambas partes salen beneficiados.
Es importante mencionar que, si bien el Gobierno Federal busca proteger a las y los trabajadores con éste Acuerdo, también es fundamental buscar mecanismos para apoyar a las empresas a soportar el pago de salarios completos, pues debe existir un justo equilibrio que nos permita salir juntos de esta crisis.










