Lic. César Sotomayor S.
Extinción de los Fideicomisos Públicos
El pasado dos de abril el Presidente de la República, de un plumazo decidió extinguir todos los fideicomisos públicos sin estructura orgánica, con esta extinción anticipada el Gobierno se hizo de poco más de 181 mil millones de pesos, lo que significa casi un punto porcentual del Producto Interno Bruto del País. El decreto es bastante breve, apenas siete artículos. Las opiniones han sido variadas, desde aquellos que dicen que se trata de una expropiación, otros la ven positivamente pues se termina con la corrupción ejercida a través de esta figura jurídica. Me parece que no es ninguna de estas cosas, el problema es que por la forma en que se hizo solo se contribuye a la incertidumbre jurídica.
En un fideicomiso público el fideicomitente (quien aporta los bienes o recursos) generalmente es la SHCP o la entidad federal de que se trate, el fiduciario (quien administra lo aportado) es un banco (tradicional o de desarrollo), y el fideicomisario (quien recibe el beneficio o producto del fideicomiso) es tan variado como la propia finalidad buscada por el fideicomiso, personas físicas, morales, entidades federativas. El problema es que cada fideicomiso tiene un fin distinto. Muchos de estos fideicomisos se utilizaban para ocultar y no transparentar el destino de los recursos públicos, esto es, cuando una dependencia tenía subejercicio presupuestal (no se gasta el total de su presupuesto) debía regresar ese dinero a la TESOFE y la cámara de Diputados en el siguiente ejercicio tomaría esos recursos para otra cosa y bajaría el presupuesto a esa dependencia. Ante ello y para no tener remanente las dependencias y entidades destinaban ese dinero no gastado a fideicomisos, que al fin y al cabo estaban a su cargo y no contaban como subejercicio.
Al cierre del 2019, los fideicomisos públicos sin estructura orgánica sumaron 740 mil 572.7 mdp (SHCP). De estos, 15.4% se destina al pago de pensiones y obligaciones laborales; 14.3% forman parte del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud; 29.6% son de los fondos de estabilización de los ingresos presupuestarios y de las entidades federativas, y un 16.2% refieren al cumplimiento de alguna ley vigente o son mecanismos de deuda pública. El decreto por el que se ordena la extinción exceptúa aquellos fideicomisos que tienen como objeto el pago de pensiones, prestaciones laborales, fondos de estabilización, emergencias de salud y aquellos que mencionan estar en cumplimento de alguna ley vigente. Por lo tanto, una cuarta parte de los recursos en fideicomisos quedarán disponibles en la TESOFE. Lo anterior equivale a 0.74% del Producto Interno Bruto (PIB); es decir, 181 mil 440.3 mdp.
Los fideicomisos vigentes que pueden abonar en mayor medida a la disponibilidad de recursos en el corto plazo son el Fideicomiso para el desarrollo del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México; Fideicomiso público de administración y pago de equipo militar; Fondo para la participación de riesgos; Fideicomiso de Contragarantía para el financiamiento empresarial, y Fondo sectorial CONACYT-SENER-Hidrocarburos. Cada uno de estos fideicomisos contaba a finales del 2019 con más de 11 mil mdp.
Sin duda, estamos ante situaciones extraordinarias que están siendo enfrentadas de forma ordinaria, después de esta acción, el Presidente repitió sus frases comunes, no anunció nada sobre el destino de todos estos recursos y no decretó ninguna medida extraordinaria para enfrentar la crisis. Vienen tiempos muy difíciles y no queremos que en México, se violen derechos, se rompa la constitucionalidad y se tomen decisiones sin sentido y en las rodillas sin cuidar las formas jurídicas. El derecho debe ser garante del cumplimiento de la ley y protector ante cualquier abuso de poder.
Ojalá y por el bien de todos que la liberación y eventual uso de estos recursos se realicen con las mejores prácticas de eficiencia, transparencia y rendición de cuentas.

Notario Público, Mediador Certificado por el TSJEP y profesor académico de la ELDP









