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Esencia jurídica

Por Redacción
21 julio, 2020
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Esencia jurídica

Lic. César Sotomayor

El pasado 8 de julio dos diputadas de la Ciudad de México de Morena, propusieron y su bancada está estudiando para su presentación al Congreso, una iniciativa para modificar el Código Civil en asuntos de arrendamiento, con la cual los inquilinos tendrían beneficios tales como: El arrendador no podrá exigirle al inquilino más de un mes de anticipo para rentar un inmueble; no se le podrá exigir algún tipo de propiedad ni fianza como garantía de renta del inmueble; si el inquilino forma parte de una población vulnerable; sólo podrá ser desalojado con presencia de personal de asistencia psicosocial; los desalojos judiciales deberán contar con un aviso anticipado de dos meses previo a hacerse efectivos; si el inquilino no tiene otra vivienda a donde ir, podrá acceder a programas de vivienda para evitar una situación de calle; habrá oportunidad de una renegociación del pago de alquileres, así como los derechos y obligaciones de las personas frente al arrendamiento mediante mecanismos alternativos de solución de controversias del Poder Judicial.

La propuesta de ley dotaría de herramientas a las personas que rentan un inmueble para negociar o evitar el pago de arrendamiento durante emergencias sanitarias o nacionales: “En caso de emergencia nacional, desastres naturales, declaratorias de emergencia ambiental, natural o sanitaria, así como cualquier otra situación de fuerza mayor que paralice las actividades económicas e impida al arrendatario el cumplimiento del contrato, podrá solicitar al arrendador la renegociación transitoria o definitiva de las condiciones del contrato de arrendamiento”.

La iniciativa de ley ha sido criticada por ser violatoria del derecho a la propiedad y afectar directamente a los arrendadores, toda vez que apunta a que en caso de que no exista un contrato escrito de arrendamiento, se considerará que las partes acordaron de mutuo consentimiento que el inquilino viviese en un inmueble. Y es que según el propuesto artículo 2406 BIS en casos de controversias de arrendamiento «bastará la protesta de decir verdad para ejercer acción por alguna violación a las cláusulas esenciales del contrato de arrendamiento». Adicionalmente esta iniciativa podría provocar que la gente deje que pagar créditos hipotecarios y con ello una cartera vencida de clientes en aumento, puesto que algunos trabajadores pagan sus inmuebles por medio de sus rentas. En esta época de pandemia o ante cualquier emergencia o catástrofe, la ley no debe inmiscuirse en las negociaciones que podrían sostener ambas partes, puesto que sólo debería limitarse a velar por la garantía del derecho de réplica y el arbitraje de los procesos.

Derivado de la cantidad de críticas que llovieron sobre la propuesta, la bancada de Morena en el Congreso de la ciudad dijo estar dispuesta a negociar con la oposición el contenido de la iniciativa de reforma al Código Civil en materia de caseros e inquilinos, la respuesta de la oposición en general no fue positiva y menos en lo que respecta a artículos como el que propone impedir desalojos si no existe un contrato de arrendamiento por escrito.

Considero que el derecho a la propiedad no se vulnera directamente en la propuesta, sin embargo, si afecta a los arrendadores que verían en sus relaciones jurídicas una situación de alta fragilidad por los beneficios exagerados que se pretenden otorgar a los arrendatarios. Sin duda en estos momentos existen prioridades para los gobiernos y para los congresos, creo que deberían ocuparse primero de enfrentar la crisis sanitaria y por supuesto en paralelo de las miles de familias que se han quedado sin ingresos por la pandemia a través de la reactivación económica de las micro y pequeñas empresas.

Lic. César Sotomayor S.
Notario Público, Mediador Certificado por el TSJEP y profesor académico de la ELDP
Etiquetas: César SotomayorEsencia jurídica
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