Con cuatro votos en contra y uno a favor, el proyecto de reformar el Código Penal de Veracruz para despenalizar el aborto fue desestimado por los magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La posición en contra de Norma Lucía Piña Hernández, Margarita Ríos-Farjat, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena mereció que Juan Luis González Alcántara, presidente de la sala, expresara que no comparte la decisión que tomaron los ministros porque estima que ‘las quejosas contaban con un interés legítimo para reclamar’ las omisiones en el Código Penal veracruzano.

“Su objeto se enfoca en la protección y en la defensa de los derechos humanos de las mujeres. Reitero […] que sí existe una obligación legislativa que vincula al Congreso local de Veracruz para reformar sus normas penales en relación a la interrupción del embarazo”.
El ministro presidente dejó muy claro a sus compañeros que ‘existe una obligación inmediata de reformar aquellas normas que sean discriminatorias y/o sean fuentes de violencia en contra de las mujeres’ y remató diciendo:
“La prohibición absoluta de interrumpir el embarazo es contraria al umbral de protección que corresponde a todas las mujeres, especialmente, a la luz de su derecho a la salud y de su dignidad”.
Actualmente, la Ciudad de México y Oaxaca, de los 32 estados del país, permiten la interrupción legal del embarazo.

Fotos de Hilda Ríos/El Heraldo de Puebla y Twitter @joselopezromo y @RosasRojasGar