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Sin fuero, avance para la sociedad

Por Redacción
10 agosto, 2020
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Sin fuero, avance para la sociedad

Ernesto Ordaz Moreno

“¡Contra la injusticia y la impunidad! Ni perdón ni olvido” (Bertolt Brecht)

La vida siempre nos muestra que, aún en la adversidad, hemos de observar un rayo de esperanza que nos permita valorar que la sociedad avanza en su desarrollo, se ajusta a las circunstancias y evoluciona. En este tiempo de pandemia y crisis económica, también existen acontecimientos de júbilo, que nos marca una expectativa para un mejor mañana.

La sociedad siempre está en acción, en la búsqueda de su equilibrio, en lograr y vivir la esencia contenida en su Carta Magna. La gente anhela vivir en paz, armonía, en respeto a sus Derechos Humanos, primordialmente, la vida, la libertad, la igualdad. Cada día, los mexicanos nos percatamos del gran país que somos, reconocemos que no ha sido fácil lograr lo que hasta ahora tenemos, misma realidad que podemos mejorar constantemente pues, en el pueblo radica la voluntad, la fuerza, el poder, tan es así que, todo poder público dimana de éste y se instituye para su beneficio. Unidos somos invencibles. Y en ese objetivo, paso a paso, forjamos una república representativa, democrática y federal. Ahí está la esencia de lo que somos, cada uno de nosotros formamos México.

Así, hemos logrado que se reconozco y se proteja la igualdad y la libertad de todos los mexicanos. En México, no hay mexicanos de primera ni de segunda, todos somos iguales.

Sin embargo, ello no era así, históricamente, han existido privilegios que sólo gozaban unos cuantos. En algunos casos, se trascendió hasta nuestros días y por costumbre se crearon beneficios que llevaron al extremo de la impunidad, me refiero a los fueros. El fuero es privilegio. En tal virtud, la Constitución General en su artículo 13 determinó que ninguna persona o corporación puede tener fuero.

No obstante, el fuero fue una medida necesaria para una etapa de la vida en sociedad para atenuar los abusos autoritarios de quienes tenían poder y evitar las amenazas o venganzas en contra de los representantes del pueblo. Luego, como podemos observar, el fuero respondió a una medida de protección contra el autoritarismo despótico. Lo malo, que se abusó del fuero y se llegó al extremo de la impunidad.

Ahora bien, en nuestros días, observamos dos tipos de fuero: a) la inmunidad de opinión; y, b) la de arresto. En el artículo 61 de la Constitución General se lee: “… Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos por ellas.- El Presidente de cada Cámara velará por el respeto al fuero constitucional de los miembros de la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar.”

El otro tipo de fuero está previsto en el artículo 111 de la Constitución General, llamado “declaración de procedencia”, además de las responsabilidades previstas en el artículo 109 y el Juicio Político que está regulado en el artículo 110 de la Carta Magna. El propósito de estas normas constitucionales es regular la responsabilidad de un servidor público, incluso, cuando cometen algún delito, procurando que no sea privado de la libertad sino después de haber sido sometido a estos procedimientos.

 En ese contexto, el pasado mes de julio, Puebla adoptó una medida de avanzada al eliminar el fuero constitucional en los términos del artículo 126 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla al determinarse lo siguiente: “… El gobernador, los diputados, el auditor Superior, los magistrados y consejeros de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, durante el periodo de su encargo, podrán ser sujetos a proceso penal por cualquier delito. Cuando el proceso comprenda alguno de los delitos previstos en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el juez correspondiente ordenará la prisión preventiva oficiosamente; en caso de delito distinto, el órgano judicial competente podrá dictar las medidas cautelares de separación del cargo y la prisión preventiva mediante una motivación reforzada respecto de la plena justificación de la medida de conformidad con lo previsto por la legislación penal”.

La trascendencia de iniciar con este ejercicio democrático parte de reconocer que el fuero no es impunidad, se fortalece la transparencia en la función pública, se enaltece la ética y moral de los servidores; conlleva a una mayor responsabilidad del servidor público; se reduce la corrupción y se desincentiva cualquier conducta que pueda ser ilícita. A la par, se evita el abuso de autoridad, el exceso de poder, la persecución política, las represalias entre grupos de poder.

Por supuesto, en esta nueva fase habrá errores, pero el propósito es alcanzar el adecuado ejercicio de equilibrio de poderes, el fortalecimiento a los derechos de igualdad, de libertad, a la par de una mayor responsabilidad y preparación educativa. Claro está, se requiere de Fiscales con capacidad técnica, con plena autonomía; un Poder Judicial independiente, profesional, electos mediante examen de oposición, con un servicio profesional de carrera y una acreditada ética. “Cuando alguien asume un cargo público, debe considerarse a sí mismo como propiedad pública” (Thomas Jefferson).

La Constitución General tiene respuesta a todas nuestras preguntas, sólo debemos buscar en ella las interpretaciones adecuadas para vivir mejor. Se ha dado un gran paso democrático, debemos estar orgullosos de la decisión adoptada por las autoridades del Estado, nuestro reconocimiento al autor de la iniciativa, abogado Luis Miguel Barbosa Huerta y al Honorable Congreso del Estado por este gran paso contra la impunidad. Seamos moderados, prudentes, empáticos y resilientes, pero, sobre todo, responsables y ordenados. Contra todo pronóstico, también hay buenas decisiones. ¡Vivamos en armonía! ¡Seamos poblanos iguales! Y tú, ¿qué opinas?

@ernestordaz

Etiquetas: Ernesto Ordaz MorenoSin fuero avance para la sociedad
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