Gabriela Moreno Valle Bautista
El 9 de agosto de 2012 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación una reforma al artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se reconoció en la naciente fracción VIII como derecho de la ciudadanía “Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional”. En dicha disposición, se dispuso además en el punto 3 que no podrá ser objeto de consulta popular “la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución”, punto adicionado el 20 de diciembre de 2019 con las palabras “ni las garantías para su protección”.
El pasado 15 de septiembre de 2015 el titular del poder ejecutivo presentó ante el senado de a República una petición de consulta. En esa misma fecha, atento a lo dispuesto por la Constitución el Presidente de la Mesa Directiva de esa Cámara informó al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la presentación de la referida petición, la que remitió al Alto Tribunal a efecto de que resolviera sobre su constitucionalidad. El asunto fue turnado al Ministro Luis María Aguilar a fin de que realizara el proyecto de resolución correspondiente.
La pregunta a realizarse dice: “¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los ex presidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones?”
El Ministro Aguilar en su proyecto de resolución considera que no puede realizarse una consulta popular que condicione la vigencia de los derechos humanos a lo que decidan las mayorías y que a la ciudadanía no le corresponde decidir si se deben investigar o procesar los delitos cometidos en ejercicio de la función pública; que la participación ciudadana tiene otros medios de interacción en esa dimensión, a ella compete obligadamente denunciar los hechos delictivos de los que tengan noticia y coadyuvar, en su caso, con las instituciones del Estado.
El próximo jueves 1 de octubre el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (los 11 ministros y ministras reunidos) resolverá la constitucionalidad de la consulta, esperemos ver un Poder Judicial de la Federación independiente y fuerte, que no condicione la resolución a “los sentimientos del pueblo” y resuelva conforme a derecho.