Un juez federal en materia de competencia económica otorgó las primeras suspensiones provisionales a empresas privadas que frena por el momento la aplicación de la Ley de la Industria Eléctrica. Sin embargo, el fallo puede ser impugnado ante un tribunal colegiado.
La medida cautelar es para efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo de 2021.
El juez indicó que a pesar de que solamente dos empresas que realizan actividades reguladas en materia de energía eléctrica solicitaron el recurso, el efecto de las suspensiones será general.
Consideró que otorgar la suspensión a un particular no sólo daría una ventaja competitiva frente a los demás participantes de la industria, sino que, además, podría ocasionar distorsiones en el mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector, «que es precisamente uno de los efectos adversos que esta medida cautelar busca evitar».
En la resolución, Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, advirtió que las modificaciones que se realizan a la Ley de la Industria Eléctrica podrían llegar a dañar la competencia y la libre concurrencia en el sector eléctrico.
La Jornada | Foto: Especial









