Por Marcos Rodríguez del Castillo
En el año 2020 hubo una adecuación a nuestro marco jurídico vigente para dar paso a normas que eviten y, en su caso, sancionen la Violencia Política en Razón de Género (VPRG).
La VPRG se define como toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de las mujeres, el acceso al ejercicio pleno de las atribuciones de su cargo, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas.
Para garantizar un ambiente político libre de violencia, el INE debe solicitar una declaración “3 de 3 contra la violencia” a quienes aspiren a una candidatura a un cargo de elección popular, a quienes participen para integrar un OPL como consejera o consejero y a quienes deseen ser miembros del Servicio Profesional Electoral Nacional.
Esta declaración, que debe realizarse de buena fe y bajo protesta de decir verdad, contiene la manifestación de quien la suscribe de que no ha sido condenado o sancionado mediante una resolución que no admita ya medio de impugnación alguno por actos de violencia, para brindar garantías a fin de erradicar cualquier tipo y modo de violencia contra las mujeres.
Este formato adquiere su nombre en razón de que debe contener una manifestación en tres sentidos:
1. Que la persona no ha sido condenada por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito público o privado.
2. Que no ha sido condenado por sentencia firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal, y
3. Que la persona no es deudora alimentaria morosa que atente contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda, y que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios.
Así el INE ayuda a establecer las bases para asegurar la igualdad y garantizar a las mujeres el ejercicio de sus derechos políticos y electorales.










