La Cámara de Diputados mexicana dio un paso decisivo para combatir la filtración, publicación y diseminación de imágenes y videos íntimos sin consentimiento: el Pleno aprobó este jueves la Ley Olimpia a nivel nacional, que tipifica y sanciona hasta con seis años de prisión a quien comparta un ‘pack’ (material íntimo) sin tener el permiso expreso de la otra persona.
Fueron 446 votos a favor y uno en contra, para aprobar, en lo general y en lo específico, el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal.
Ahora, el documento pasó al presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, para su firma, publicación y entrada en vigor de una de las piezas legislativas de avanzada en el tema en América Latina.
El documento aprobado define la violencia digital como ‘toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación o autorización’.

La Ley Olimpia es como se le conoce a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia.
Esta legislación surgió a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer llamada Olimpia en el estado de Puebla. A partir de esta situación, se impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas como violación a la intimidad, acción que se ha replicado en 25 de las 32 entidades federativas hasta ahora.
Con información de Infobae.









