Por Miguel Ángel García Onofre
Los debates son un ejercicio fundamental dentro de una democracia, ya que en ellos se difunden y confrontan ideas, propuestas, planteamientos y plataformas electorales de las candidaturas al mismo cargo de elecciónpopular a participar en las elecciones correspondientes al proceso electoral en turno, la importancia de al menos un debate es vital para dotar a la ciudadanía de información y, con esto, acudan a las urnas el día de la elección con un voto informado y razonado.
Sin embargo, para que un debate pueda llevarse a cabo, se debe cumplir por parte de los partidos políticoscon la normatividad establecidaen los “Lineamientos para la realización de debates públicos entre candidaturas a los diversos cargos de elección popular”.
El proceso para la organización de un debate empieza cuando la representación de un partido político presentapor escrito,25 días naturales antes del cierre de campañas,su solicitud ante la o el presidente del Consejo General, Distrital o Municipal, dependiendo del tipo de elección, en el caso de ser para Diputaciones o Miembros de Ayuntamientos la o el consejero presidente distrital/municipal, deberá de hacerlo de conocimiento del Consejo General, posteriormente dentro de los dos días siguientes al de la recepción de la solicitud,si esta cumple con todos los requisitos establecidos, se notificarán las invitaciones a todos los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes que hayan postulado candidaturas para el cargo que se trate; recibida la invitación por parte de los partidos políticos, deberán confirmar dentro de los 3 días siguientes por escrito su asistencia, acompañando carta compromiso suscrita por las candidaturas que debatirán en la que conste que se sujetarán a las disposiciones de los lineamientos, así como al recurso de réplica y contra réplica que se lleve a cabo.
Si vencido el plazo establecido no confirman por escrito su asistencia o no presentan la carta compromiso, se tomará en sentido negativo su participación en el debate.
En caso de que algún consejo distrital o municipal, exprese por escrito que se encuentra imposibilitado para la realización del debate y le solicite al Consejo General, en ejercicio de sus atribuciones, que se encargue de la organización y realización del debate, el Consejo antes mencionado lo someterá a votación, analizando y valorando previamente las condiciones imperantes para poder votar a favor o en contra el proyecto de acuerdo para asumir el debate.
Respecto al costo que representa la organización de un debate, podrá ser sufragado de manera proporcional por los partidos políticos a los que pertenecen los candidatos que participen en el mismo, sin omitir que el Instituto realizará las gestiones necesarias, a fin de apoyar a los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o independientes con los costos.
A diez días de distancia de la jornada electoral, les invito a seguir conociendo las propuestas planteadas por las diferentes candidaturas para que el 6 de junio emitan su voto.

FB: Instituto Electoral del Estado
*Consejero Presidente del IEE









