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MC pide muerte digna para personas con enfermedades terminales

Por Renan López
9 enero, 2022
En República, slide
MC pide muerte digna para personas con enfermedades terminales

En México cerca de 90 mil personas viven con dolor por enfermedades en etapa terminal, de las cuales el 90 por ciento no tienen acceso a medicamentos paliativos, según datos del Sector Salud, por lo que organizaciones civiles y profesionales se pronuncian por la despenalización de la eutanasia para morir con dignidad.

Para reconocer el derecho de toda persona a ejercer la voluntad anticipada, así como a morir en condiciones de dignidad, el diputado federal de Movimiento Ciudadano (MC), Jorge Álvarez Máynez presentó una iniciativa para modificar los artículos 4° y 73 de la Constitución Política.

Propone facultar al Congreso de la Unión para emitir una Ley General de Voluntad Anticipada, con el fin de que se regule de manera específica el acceso a este derecho por medio del documento respectivo.

La iniciativa, en el precepto 4º, busca especificar que toda persona tiene derecho a ejercer la voluntad anticipada de manera libre, expresa e informada. El derecho a la vida digna contiene de manera implícita el derecho a la muerte digna.

Respecto del artículo 73 plantea que se expida la Ley General que establezca los principios y bases a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno en materia de voluntad anticipada.

El legislador por Jalisco, refirió que la expedición de la Ley General de Voluntad Anticipada deberá incluir la participación de traductores e intérpretes para personas hablantes de lenguas indígenas, personas sordas o mudas, así como testigos y fedatarios públicos para los ciudadanos que no sepan leer. Es decir, una iniciativa totalmente incluyente.

En los artículos transitorios, establece que el Congreso de la Unión deberá expedir la Ley General de Voluntad Anticipada, en un plazo no mayor a 180 días naturales. Además, que los congresos estatales deberán armonizar sus respectivas leyes, de acuerdo con lo establecido en esta propuesta, también en un plazo no mayor a 180 días naturales.

Asimismo, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, posterior a la aprobación de esta iniciativa y a las subsecuentes deberán de considerar los recursos presupuestarios necesarios para el cumplimiento de la misma.

En la exposición de motivos, la iniciativa refiere que la Sociedad Médica de Santiago, Chile, en 2011 definió a la eutanasia como la “muerte indolora infligida a una persona humana, consciente o no, que sufre abundantemente a causa de enfermedades graves e incurables, sean congénitas o adquiridas, llevada a cabo de manera deliberada por el personal sanitario o al menos con su ayuda, mediante fármacos o con la suspensión de curas vitales ordinarias, porque se considera irracional que prosiga una vida que, en tales condiciones, se valora como ya no digna de ser vivida”.

El Instituto Nacional del Cáncer de los institutos nacionales de la Salud de Estados Unidos de América concibe a la eutanasia, como la “muerte fácil o sin dolor, o la terminación intencional de la vida de una persona que padece una enfermedad incurable o dolorosa, a solicitud de la misma. También se llama muerte por piedad”.

Sin acceso a medicamentos paliativos para contrarrestar sufrimiento

Los cuidados paliativos son la rama de la medicina que se encarga de prevenir y aliviar el sufrimiento, así como brindar una mejor calidad de vida posible a pacientes que padecen de una enfermedad grave y que compromete su vida, tanto para su bienestar, así como el de su familia. Los cuidados paliativos normalmente se aplican a pacientes que cursan con enfermedades terminales que se encuentran fuera de un tratamiento médico o en enfermedades muy graves que cursan con tratamientos que prolongan la vida.

Sin embargo, debido a los escases de medicamentos que impera en el Sector Salud estos medicamentos están poco accesibles para enfermos que padecen enfermedades terminales, lo que se deriva en una dura agonía en sus últimos días de vida.

El desabasto generado por la compra insuficiente de medicamentos que alivian el dolor marca el decremento en atención de cuidados paliativos del actual Gobierno de México.

“Con el gobierno actual no hay medicamentos para el dolor; los cuidados paliativos sí se brindan, pero están limitados a cambios de posición en el paciente, masajes, aromaterapias y musicoterapias, pero no se les da el medicamento que requieren para salir adelante de enfermedades que los tienen en agonía de dolor”.

Explicó Hortensia Castañeda Hidalgo, premio nacional en investigación por la Sociedad Internacional Sigma Nursing, catedrática de la Facultad de Enfermería de la UAT, enfermera, máster en tanatología e integrante del Sistema Nacional de Investigadores.

Dijo que los opioides son indispensables para brindar el proceso paliativo a pacientes con enfermedades oncológicas, esclerosis múltiple, artritis reumatoide, hongos y neuropatía diabética, principalmente.

En México están autorizados los opioides como el tramadol, tapentadol, buprenorfina, morfina, oxicodona, hidromorfona, metadona, fentanyl y sufentanyl, además de combinaciones de estos, incluyendo en el proceso el paracetamol, indica la Comisión Federal para la Prevención Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

“Tenemos las leyes, lo que se requiere es que haya suficiente dotación de medicamentos en todo el sector salud para que los pacientes puedan disponer de ellos y se cumpla con el plan de cuidados establecido”.

De acuerdo al Gobierno de México, los principales objetivos de los cuidados paliativos pueden resumirse en los siguientes puntos:

  1. El manejo de los síntomas que ponen en una situación de sufrimiento al paciente y/o a sus familiares.
  2. Establecer las metas de tratamiento de acuerdo a las preferencias del paciente para con su vida.
  3. Mantener la comunicación entre el paciente, su familia o cuidadores y todo el equipo médico involucrado en el tratamiento de su enfermedad.
  4. Proporcionar apoyo psicosocial y espiritual al paciente y a sus familiares.

¿Qué enfermedades podrían requerir cuidados paliativos?

Es amplio el conjunto de enfermedades que pueden requerir la aplicación de cuidados paliativos por tratarse de una rama de la medicina que apoya tanto a pacientes con enfermedades en etapas muy graves así como a aquellos con por la naturaleza de su enfermedad se encuentren fuera de un tratamiento médico habitual o convencional o en un estado muy avanzado con poca probabilidad de respuesta a los tratamientos establecidos. Algunos ejemplos de las enfermedades que en algún momento requieren más frecuentemente de los cuidados paliativos son:

  1. Cáncer.
  2. Síndrome de inmunodeficiencia adquirida (VIH/SIDA).
  3. Enfermedades del corazón avanzadas.
  4. Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
  5. Enfermedad renal crónica (Insuficiencia renal crónica terminal).
  6. Enfermedades neurológicas avanzadas o que no tienen tratamiento como la mayoría de las demencias (como la de tipo Alzheimer).

¿Cuáles son los principales síntomas o molestias a las que se enfocan los cuidados paliativos?

Los síntomas que se tratan en los cuidados paliativos son muy variados y dependen del tipo de enfermedad, pero también hay molestias secundarias causadas indirectamente por la misma, el ambiente social y los aspectos psicológicos que la enfermedad en sí conlleva. Estos síntomas incluyen:

  1. Control del dolor.
  2. Tratamiento de la depresión.
  3. Manejo de la ansiedad.
  4. Tratamiento del delirium (un estado de confusión agudo caracterizado por mucha inatención, incongruencia del pensamiento, alteración de la conciencia y un pensamiento desorganizado).
  5. Fatiga.
  6. Disnea (falta de aire).
  7. Insomnio.
  8. Náusea.
  9. Constipación (estreñimiento).
  10. Diarrea.
  11. Anorexia (falta de apetito).
  12. El lidiar con la enfermedad (aspectos referentes a cómo enfrentar la enfermedad, el entendimiento de la misma, la explicación del paciente hacia su familia y el estrés que puede conllevar toda la situación).
  13. Aspectos sociales (el impacto de los síntomas sobre el cuidado del paciente y la situación familiar en ese momento).

Iniciativas presentadas

Diversos legisladores han planteado múltiples propuestas legislativas a fin de regular el acceso pleno a la voluntad anticipada. En este tenor, el Senador Miguel Ángel Mancera propuso el 3 de noviembre de 2020 modificar diversas disposiciones de la Ley General de Salud a fin de garantizar que una persona enferma pueda firmar “directrices anticipadas” a fin de manifestar si está de acuerdo o no a ser sometido a medios o tratamientos que prolonguen su vida de manera no natural.

Por su parte, el senador Rabindranath Salazar Solorio, el 15 de noviembre de 2016, propuso modificar la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores a fin de que se asegure el “consentimiento informado para cualquier tratamiento médico, incluida la posibilidad de voluntad anticipada, poniendo atención en las personas sin discapacidad.” Sin embargo, esta propuesta se reducía solamente a las personas adultas mayores, lo que dejaba fuera del ámbito de aplicación de la norma a las personas que no fueran adultas mayores pero que padecían alguna enfermedad terminal.

De igual manera, el diputado Alfredo Bejos Nicolás propuso modificar diversas disposiciones de la Ley General de Salud a fin de que los usuarios tengan derecho a decidir libremente sobre la aplicación de los procedimientos de diagnósticos y terapéuticos que se ofrezcan. Asimismo, propuso que la voluntad de los usuarios se exprese ante un notario público en un documento oficial.

Asimismo, el diputado Jorge Álvarez Máynez, de Movimiento Ciudadano, propuso el 15 de agosto de 2018 una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la que se expide la Ley General de Voluntad Anticipada.

Foto: Freepick

Etiquetas: eutanasiaMovimiento Ciudadano ciudadanomuerte digna
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