La designación del “Gobernador Sustituto” de Puebla, que concluirá el periodo de la administración estatal, tras la inesperada muerte del mandatario, Miguel Barbosa Huerta, estará en manos del Congreso del Estado.
Según la Constitución Política del Estado de Puebla en su artículo 57 es facultad del Poder Legislativo nombrar al nuevo titular del Poder Ejecutivo y mientras lo hace el cargo lo asumirá el titular de la Secretaría de Gobernación (SEGOB).
La fracción XIX de este artículo establece que en el caso que el mandatario se ausente de manera temporal o definitiva en los cuatro años restantes de su gobierno los legisladores deberán elegir un perfil que asuma la responsabilidad.
“Elegir al ciudadano que deba sustituir al Gobernador de elección popular, si la falta absoluta de éste se presenta durante los cuatro últimos años del período. Dicho funcionario se denominará Gobernador Substituto”.
En este contexto, será Ana Lucía Hill Mayoral actual titular de la SEGOB en espera que los diputados alcancen un consenso y elijan a un perfil con la experiencia para gobernar el estado de Puebla durante los siguientes dos años que restan al sexenio.
Hay que recordar que este mismo escenario se vivió en 2018 con luego que falleció la gobernadora, Martha Erika Alonso Hidalgo, y su esposo el senador de la República, Rafael Moreno Valle Rosas, así como tres personas más en un accidente aéreo.
Aunque en aquella ocasión según la fracción XVIII del artículo 57 de la Constitución Política de Puebla la ausencia definitiva de la mandataria se dio en los dos primeros de su gobierno por lo que se convocó a nuevas elecciones.









