Leo en grupos de whatsapp las aventuras y anécdotas de mis colegas con relación al pago de la PTU. Y quiero platicarles un poco acerca de este interesante tema.
Pero como dice mi compadre Jack el destripador: vamos por partes. Primero que nada: ¿Qué es la PTU? El la participación a los trabajadores de las utilidades de la empresa. Es decir, compartirles a los trabajadores una parte de la productividad de la empresa durante el año anterior.
¿Quién tiene la obligación de pagar la PTU? Todas las empresas que tuvieron utilidades en 2022. Sin embargo, el gobierno no tiene obligación de pagarla, tampoco las empresas de nueva creación en su primer año de operación. Ni las empresas de nueva creación dedicadas a elaborar un nuevo producto durante los dos primeros años de funcionamiento. Tampoco las empresas de la industria extractiva durante su primer año de exploración. Tampoco las instituciones de asistencia privada, ni las empresas cuyo capital y trabajo generen un ingreso menor a $300,000 anuales.
La PTU deberá pagarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que se debió pagar el ISR anual. Por lo tanto, para las personas morales, esta obligación vence el próximo 02 de junio y para las personas físicas el 01 de julio de 2023.
¿Es opcional pagarla? No. Es una obligación. Y justo a esto viene mi artículo de hoy: en grupos de contadores leo comentarios de que existen patrones que dicen “aquí no se paga eso”. Les tengo una mala noticia a esos empleadores: tus trabajadores pueden irse a quejar a la Secretaría del Trabajo y seguro tendrás una inspección para verificar el correcto pago de esta obligación laboral.
¿Qué pasa con la PTU que no se cobró en este año? Puede ser que tengas trabajadores que laboraron en 2022 y que al día de hoy ya no sean tus colaboradores. A esos trabajadores les debes avisar que pueden pasar a cobrar la PTU de 2022 durante el mes de mayo de 2023. Si no lo hacen a más tardar en las fechas indicadas anteriormente, tienen UN AÑO para reclamarla. Si no lo hacen, entonces esa parte no cobrada se debe sumar a la PTU de ese año. Establezcamos fechas: Sindulfo Sinlana no cobró la PTU de 2022, que se pagó en el mes de mayo de 2023. Del 03 de junio de 2023 al 02 de junio de 2024, tampoco se apareció en la empresa para reclamar este derecho. Por lo tanto, ese dinero no reclamado, se sumará a la PTU que se genere en 2024 y que se pague en mayo de 2025.
El tema es extenso y aquí solo te platico algunos detalles. Pero te invito a que si tienes dudas, te acerques a tu contador o a tu consultor fiscal.
¿Tienes dudas? Escríbeme. Twitter: @gabe_cordero
Quien le entiende a su contador, paga menos impuestos.
¿Ya leyeron el libro IMPUESTOS Y DRAGONES?
*Gabriel Cordero es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES.









