Con 460 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó la iniciativa del legislador Mario Riestra Piña, por la que se reforma el artículo 15 del Código Penal Federal, con la finalidad de sustituir el término “desarrollo intelectual retardado” por la de “discapacidad intelectual”, debido a que el término “retardado” se considera discriminatorio.
En la exposición de motivos de la enmienda promovida, el diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) refirió que la fracción VII del artículo 15 del Código Penal Federal aún contempla el término “desarrollo intelectual retardado”, a pesar de que los términos ‘retraso’, ‘retardo’ y sus derivados fueron reemplazados por tener una connotación discriminatoria y peyorativa.
El congresista del Distrito 12 exigió que es indispensable que ninguna normativa contemple estas palabras.
“Como legisladores es nuestra obligación privilegiar la no discriminación como un principio que tiene como objeto prevenir y eliminar todas sus formas que se ejerzan contra cualquier persona”.

Riestra Piña sostuvo que el uso del lenguaje es primordial para privilegiar la no discriminación, debido a que las palabras ‘idiotismo’, ‘retraso mental’ o ‘lento aprendizaje’ son palabras discriminatorias, que lamentablemente se emplean para describir a personas con discapacidad intelectual.
Es por ello que, en esta Legislatura de la Paridad, la Inclusión y la Diversidad es sumamente importante armonizar la legislación para que no se empleen términos discriminatorios o peyorativos en la legislación de nuestro país.
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