El pasado 31 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la actualización a las reglas del Subsidio Para el Empleo 2025.
Sí, leíste bien, se publicó el 31 de diciembre y, para colmo, en la versión vespertina. Digo, ¿quién en su sano juicio está al tanto del DOF un 31 de diciembre en la tarde noche? Todo mundo está pensando en la cena de Año Nuevo y en el brindis. Pero, bueno, a aquellos colegas que sí estuvieron al tanto del DOF ese día y que nos informaron a los que estábamos en la pachanga: ¡Gracias!
Demos un poco de contexto. A inicios de 2024, el beneficio del subsidio para el empleo (cuya tabla existe desde 2007 y nunca se ha modificado) era prácticamente inexistente. Únicamente se beneficiaban aquellos trabajadores que laboraban jornada o semana reducida. Y, por lo tanto, en mayo del año pasado, como una medida meramente electorera, se publica un nuevo Subsidio Para el Empleo 2024 (SPE2024), el cual beneficiaba a aquellos trabajadores que su salario no excediera de 9 mil 81 mensuales. El beneficio consiste en reducir el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de esos trabajadores, no en eliminarlo.
El SPE2024 se calcula multiplicando el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) (3 mil 300.53 pesos) por un factor establecido en el Decreto que es de 11.82 por ciento. El resultado, 390.12 pesos es la cantidad máxima que se reduce del ISR que genera el trabajador.
¿Por qué el factor de 11.82 por ciento? Es un factor de nivelación para que el efecto del ISR en el salario neto del trabajador no se viera afectado y siguiera percibiendo un incremento del 20 por ciento real en 2024. Es decir, un trabajador que ganaba uno o dos pesos arriba del salario mínimo, su incremento real de enero a abril de 2024 no fue del 20 por ciento, sino del 14 por ciento. Con el subsidio para el empleo, el incremento real, subió al 20 por ciento que fue lo que incrementó el salario mínimo el año pasado.
Ahora, para 2025, con el incremento al salario mínimo, el beneficio del subsidio para el empleo sería menor, si dejamos el SPE2024 como estaba. Y de ahí nace la necesidad de actualizar las reglas. Pero nos enfrentamos a otro tema: la UMA. La UMA tiene vigencia del 1 de febrero al 31 de enero del año siguiente, ya que está sujeta a la inflación anual reportada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en enero de cada año.
Entonces tenemos distintas variables en el tema del subsidio para el empleo: el salario mínimo, el salario tope al cual se le va a aplicar el subsidio, la UMA y el porcentaje a aplicar sobre la UMA para determinar el subsidio para el empleo.
Y justo por estas variables, el Subsidio para el Empleo 2025 (SPE2025) se estableció que se aplicará a los ingresos mensuales de los trabajadores que no excedan de 10 mil 171 pesos y en el mes de enero se aplicará el factor de 14.39 por ciento y de febrero a diciembre de 2025, el 13.8 por ciento sobre la UMA mensual.
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Quien le entiende a su contador, paga menos impuestos.
*Gabriel Cordero es contador público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Estrategias Fiscales e Impositivas. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Vicepresidente de Asuntos Fiscales de la AMCP Puebla. Autor del libro Impuestos y Dragones, el mejor libro de impuestos para no contadores.
Foto de Imelda Medina / Agencia Enfoque
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