El diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Miguel Márquez Ríos, planteó una modificación al artículo 50 bis del Código Penal de Puebla para castigar hasta con 8 años de cárcel y una multa económica a los agentes del Ministerio Público (MP) que omitan exigir el pago integral de la reparación del daño ocasionado a la víctima de un delito.
El legislador puntualizó que es una obligación del agente del MP exigir la reparación del daño a la víctima y que sea “expedita, proporcional, justa, oportuna, plena, efectiva e integral”.
Márquez Ríos ejemplificó que la víctima de un incidente vial tiene que asumir el costo del pago del arrastre, el resguardo de la unidad y la multa, con lo que resulta afectada su economía, cuando eso debería cubrirlo el responsable del percance.
La cuantía de la reparación del daño la determinará un juez con base en las pruebas aportadas en el proceso por el MP y, en caso de no hacerlo, se hará acreedor a una sanción de tres a 8 años de prisión y mil a mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
“Tiene la finalidad de establecer que la reparación del daño sea pagada por la o las personas sentenciadas, la cual deberá ser exigida por el Ministerio Público de manera obligatoria. (…) Si algún Ministerio Público omite solicitar la reparación del daño pueda ser sancionado de tres a ocho años de prisión y mil a mil 500 UMA”.
Márquez Ríos agregó que adicionalmente será sancionado con lo establecido en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y tendrá que ofrecer una disculpa pública como parte de la reparación del daño a la víctima.
Foto de Oscar Rodríguez / Agencia Enfoque
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