El pasado 15 de agosto, Donald Trump y Vladímir Putin se reunieron en un encuentro que buscaba ser histórico. Sin embargo, más allá de los símbolos, la cumbre dejó un vacío inquietante: no hubo alto el fuego, ni garantías verificables, ni compromisos humanitarios concretos. Lo único tangible fue el retorno de Putin —sobre quien pesa desde 2023 una orden de detención de la Corte Penal Internacional (CPI) por deportación ilegal de menores— al centro de la diplomacia global, dentro de un marco que parece justificar que Rusia puede conservar los territorios invadidos.
Tres días después, en la Casa Blanca, Trump se reunió con Volodímir Zelenski, acompañado por líderes europeos. La promesa fue diseñar “garantías de seguridad” sin OTAN y sin tropas estadounidenses, bajo liderazgo europeo. Se habló de “protección aérea” y coordinación transatlántica, pero sin reglas claras ni recursos asignados.
Aquí radica un foco rojo: las garantías vagas son más corrosivas que la ausencia de garantías. Sin cláusulas automáticas de respuesta ni compromisos militares verificables, Ucrania podría quedar atrapada en una paz precaria que, en realidad, institucionalice la amenaza permanente. La experiencia histórica de los Balcanes en los noventa demuestra que los acuerdos ambiguos alimentan, más que resuelven, los conflictos.
Derecho internacional como telón de fondo
El artículo 2(4) de la Carta de las Naciones Unidas prohíbe categóricamente el uso de la fuerza para adquirir territorio. Este principio, considerado ius cogens, ha sido reiterado por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en casos como Nicaragua vs. Estados Unidos (1986) y República Democrática del Congo vs. Uganda (2005). Las anexiones de Crimea (2014) y de regiones de Donetsk, Lugansk, Zaporiyia y Kherson (2022) son, por tanto, nulas en derecho internacional.
Aceptar un “congelamiento” territorial —un alto el fuego que consolide conquistas a raíz de esta guerra— sería una violación directa de ese principio. Equivaldría a legitimar lo que el derecho prohíbe expresamente: la adquisición de territorio por la fuerza. En la práctica, se estaría “juridificando la impunidad”.
La dimensión penal internacional
La CPI, en aplicación del Estatuto de Roma, ha establecido que los crímenes de guerra —incluyendo la deportación de menores, por la que Putin es acusado— no prescriben y no pueden ser amnistiados en acuerdos políticos. Una negociación que ignore esta obligación sería, en sí misma, contraria al derecho internacional. El precedente sería temerario, pues demostraría que los responsables de agresión y crímenes de guerra pueden obtener reconocimiento diplomático y territorios a cambio de sentarse en la mesa.
Lo que está en juego
Para Ucrania: aceptar concesiones sería inconstitucional y políticamente suicida. La integridad territorial es un principio blindado en su derecho interno y en la práctica internacional.
Para Europa: garantizar la seguridad de Ucrania sin compromisos claros es sembrar la semilla de una nueva guerra en sus fronteras.
Para el orden internacional: legitimar anexiones forzadas sería renunciar al sistema jurídico multilateral construido tras 1945.
Las cumbres de Alaska y Washington muestran que la diplomacia, cuando se divorcia del derecho, corre el riesgo de producir soluciones que consolidan la injusticia. El derecho internacional no es una entelequia: es el límite que impide que la fuerza se convierta en norma.
Si Occidente opta por aceptar una “paz congelada” en la que Rusia conserve territorios conquistados por la violencia, no solo estará traicionando a Ucrania: estará sentando un precedente que hará inviable el principio mismo de la prohibición de la agresión. Y con ello, abriría la puerta a un mundo donde la próxima guerra no sea una anomalía, sino la regla.










