El Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla recordó que la Declaración Anual de personas morales debe presentarse durante marzo y a más tardar el día 31, a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual ya cuenta con datos precargados que se van acumulando durante el ejercicio fiscal.
El organismo explicó que, si el contribuyente detecta algún dato incorrecto, primero deberá corregir la información correspondiente al periodo de enero a diciembre de 2025, antes de presentar la declaración del ejercicio siguiente.
En ese sentido, recomendó presentar declaraciones complementarias lo antes posible, ya que la plataforma del SAT no actualiza la información de forma inmediata.
“El ejemplo concreto sería si yo meto una declaración complementaria en 2025, tengo que esperar uno o dos días, o a veces más, para que la plataforma me actualice los datos y puedan aparecer precargados en la declaración 2025”.
José Alberto Muñoz, coordinador de la Comisión de Síndicos del Colegio de Contadores.
El especialista recordó que, en caso de no presentar la declaración anual, el contribuyente podría enfrentar multas superiores a los 50 mil pesos. Sin embargo, advirtió que la consecuencia más delicada es la posible suspensión o restricción del certificado de sello digital, lo que impediría a la empresa emitir facturas.
Indicó que el SAT tiene hasta un mes para revisar la declaración, y si detecta que no fue presentada en tiempo, puede proceder a restringir el certificado de sello digital de la empresa.
Ante esta situación, la compañía deberá iniciar un procedimiento para recuperar el certificado, lo que puede generar afectaciones operativas.
“El proceso relevante es que la empresa puede permanecer varios días sin ese certificado digital, y en la práctica no contar con él complica la actividad del contribuyente, porque no puede facturar, no puede cobrar y no puede continuar con su operación normal”.
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