La Ley de Ciberasedio fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al considerar que la normativa aprobada por el Congreso de Puebla es “demasiado ambigua”.
Los ministros resolvieron la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra el artículo 480 del Código Penal de Puebla.
Por mayoría de votos se avaló la ponencia del ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, en la que se establece que dicho artículo no permite a los ciudadanos conocer con claridad qué conductas están prohibidas.
Asimismo, se advirtió ambigüedad en el uso del verbo “vigilar” en redes sociales, ya que queda a interpretación del juzgador, lo que pone en riesgo la libertad del acusado.
“La descripción de las acciones sancionadas por el legislador local es demasiado ambigua, porque no permite a los destinatarios conocer, con suficiente precisión, cuáles son las acciones que deben evitar para no ser sancionados penalmente”, señala el fallo.
Los ministros consideraron que la Ley de Ciberasedio incurre en sobrelegislación, debido a que el delito de ciberacoso ya estaba tipificado, y que además representa una amenaza a la libertad de expresión en Puebla.
Foto x @SCJN









