El diputado del Partido Fuerza por México, Elpidio Díaz Escobar, presentó una iniciativa para modificar el nombre del Capítulo II y adicionar los artículos 19 Bis y 19 Ter a la Ley de Transporte del Estado de Puebla, con el objetivo de reconocer y proteger los derechos de las personas operadoras y concesionarias del transporte público.
El artículo 19 Bis contempla los derechos de las personas operadoras, entre ellos la posibilidad de recibir reconocimientos por parte de la Administración Pública en función de sus años de servicio, profesionalismo y compromiso en el desempeño de su labor.
Asimismo, se establece que las personas operadoras recibirán capacitación gratuita en atención a usuarios, así como en la prevención y reacción ante siniestros viales, casos de acoso sexual y otros delitos que puedan ocurrir a bordo de las unidades.
También se plantea que, al iniciar su jornada laboral, las y los operadores reciban unidades en condiciones óptimas de higiene y limpieza, en buen estado físico y mecánico, además de contar con póliza de seguro vigente de cobertura amplia que incluya asesoría y representación legal. De igual forma, se establece su derecho a recibir un trato digno y respetuoso por parte de autoridades, usuarios, patrones o concesionarios.
Por otro lado, el artículo 19 Ter señala que las personas concesionarias podrán recibir reconocimientos gubernamentales cuando contribuyan a mejorar el servicio, impulsen la capacitación y profesionalización de operadores, fomenten una mejor cultura de movilidad o incorporen tecnologías sustentables.
Como parte de la propuesta, también se plantea modificar el nombre del Capítulo II de la ley, actualmente denominado “Derechos de los usuarios y principios de los servicios”, para quedar como “De los derechos de las personas usuarias, operadoras, concesionarias y principios de los servicios”.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Transportes y Movilidad para su análisis y resolución correspondiente.
Foto de Jafet Moz/Agencia Enfoque
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