El Servicio de Administración Tributaria (SAT) rechazó categóricamente que vigile o realice cobro de impuestos por depósitos en efectivo que realicen una persona física en instituciones bancarias.
Destacó que todos aquellos depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo, tandas o préstamos personales están exentos del pago de algún tipo de carga fiscal.
Precisó que solo en aquellas auditorias que se detectan incongruencias entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar la información de sus depósitos a las instituciones financieras que cuenten con esta información, para evitar defraudaciones fiscales.
“Es importante que toda la población conozca las disposiciones fiscales e información correspondiente al régimen de contribución del que son parte, y que solamente las instituciones financieras podrán entregar información mensual de aquellos contribuyentes que estén bajo un proceso de alguna auditoría, fiscalización o revisión por parte del SAT”.
Resaltó que el SAT realiza 10 mil auditorías al año aproximadamente; se revisa la información declarada por los contribuyentes respecto a los depósitos bancarios recibidos y se coteja con los datos que brindan las instituciones financieras mensualmente.
Enfatizó que esto permite una fiscalización más exacta, así como agilizar y eficientar las auditorías y por tanto combatir de forma más expedita la evasión fiscal.
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