Lic. César Sotomayor S.
En días pasados el diputado al congreso de la CDMX Miguel Ángel Álvarez Melo, del partido encuentro social (PES), presentó una iniciativa de reformas al código civil de esa ciudad, para modificar los artículos relativos al testamento y reintroducir la práctica del testamento ológrafo, sin reflexionar en las muchas debilidades de ese instrumento.
El testamento ológrafo, estuvo vigente hasta el 23 de julio de 2012, después de que la práctica había probado su ineficacia y su enorme riesgo legal, toda vez que, en este tipo de testamento, el testador de puño y letra ante tres testigos y para poder surtir efectos deberá ser depositado en el Archivo General de Notarías en la forma que establece la ley.
Redacta su voluntad y regularmente suele carecer de toda orientación profesional que le explique las restricciones que la ley impone a los testadores, tema adicional es la inseguridad jurídica y patrimonial en que puede dejar a sus hijos menores o discapacitados y si esta casada en sociedad conyugal posiblemente ignore que sólo puede disponer de la mitad de los bienes. Esta figura ha sido causa de un gran numero de litigios, por la existencia de testamentos falsificados.
La propuesta del diputado, menciona que es muy difícil hacer un testamento ante notario, cuando en la practica no es así, pues solo se requiere la presencia del testador con una identificación oficial y una idea clara de lo que quiere hacer con sus bienes y derechos.
El trámite sucesorio del ológrafo es tortuoso y más caro que un testamento otorgado ante notario, toda vez que sólo puede llevarse a cabo ante juez, quien debe verificar previamente la autenticidad de la letra, de la firma y la legalidad de las cláusulas, trámite que se complica por la necesidad de contar con peritos que avalen la antigüedad del documento, la inexistencia de alteraciones, la caligrafía y la firma, como autoría del testador y una vez satisfechos estos requisitos el juez podrá declarar la legalidad y validez del testamento ológrafo.
El testamento notarial, en cambio, tiene presunción de validez y de legalidad y el trámite sucesorio puede desahogarse incluso ante notario, sin que se tenga que acudir a un juez.
En el código civil para el estado de puebla, el testamento es un acto jurídico unilateral, personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz para ello, dispone de sus bienes y derechos para después de su muerte. En cuanto a su forma es público o privado. El público se otorga ante notario y testigos, mientras que el privado se otorga cuando no es posible testar ante notario, por impedimento, enfermedad, no presencia o ausencia de este. El testatador deberá declarar ante la presencia de cinco testigos idóneos su última voluntad, que uno de ellos pondrá por escrito, si no pudiere o no supiere hacerlo el testador, quien imprimirá su huella digital en cada una de las hojas y al calce.
Desde hace varios años se ha instituido el mes de septiembre como el mes del testamento, por que sin duda lo más importante que podemos heredar a nuestras familias es tranquilidad para cuando ya no estemos; el objetivo principal de esta campaña es fortalecer los lazos familiares y dar certeza a las familias y a todos los mexicanos sobre su patrimonio. El objetivo de la secretaría de gobernación es promover en favor de todos los mexicanos el otorgamiento del testamento y contribuir a una cultura de previsión, de certeza y seguridad jurídica en el derecho a heredar. Además, fomenta la importancia de actuar responsablemente con nuestros seres queridos y no heredar problemas. Durante la campaña, los notarios de todo el país extienden sus horarios de atención, brindan asesoría jurídica gratuita a las personas y bajan sus honorarios para facilitar y fomentar el otorgamiento de testamentos.
Al hacer un testamento heredamos tranquilidad a nuestros seres queridos. Evitamos gastos mayores, pérdida de tiempo y problemas en las familias. Si existe un testamento no hay necesidad de pasar por un juicio sucesorio testamentario que es caro, tedioso y largo. Con el testamento, al fallecer el testador los bienes pasarán fácilmente y de forma inmediata a las personas que el mismo testador quiera y en la proporción que él mismo disponga. Es una medida para proteger el patrimonio y fomentar la unión familiar.

Notario Público, Mediador Certificado por el TSJEP y profesor académico de la ELDP









