Las y los integrantes del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo presentaron una iniciativa para adicionar en la Ley Orgánica del Poder Legislativo que, para establecer que cuando se apruebe un exhorto, recomendación, o declaración de una postura sobre un asunto específico a alguna autoridad, ésta tendrá treinta días naturales para dar contestación y, en caso de no hacerlo, la Junta de Gobierno y Coordinación Política podrá hacerle comparecer ante el Pleno o Comisión correspondiente.
El diputado Oscar Mauricio Céspedes Peregrina señaló que esta propuesta trata de fortalecer el control político, la rendición de cuentas y la colaboración interinstitucional indispensables para el buen gobierno y la transparencia en el ejercicio del poder público.
La iniciativa que propone adicionar el artículo 192 Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla, fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y resolución procedente.
Por otra parte, la diputada Celia Bonaga Ruíz presentó una iniciativa para adicionar el artículo 481 del Código Penal del Estado de Puebla, con el propósito de establecer que quien publique en medios digitales anuncios, convocatorias, ofertas de empleo, becas, invitaciones a videojuegos en línea o cualquier contenido informativo que tenga por objeto facilitar, encubrir o inducir la comisión de delitos que se encuentran tipificados en el presente código, se le impondrá una pena de seis a diez años de prisión, así como una multa de trescientas a novecientas Unidades de Medida de Actualización.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, para su análisis correspondiente.
Asimismo, la diputada Fedrha Isabel Suriano Corrales presentó una iniciativa para derogar diversas disposiciones del Código Civil, pues se considera discriminatorio y violatorio a los derechos humanos de las personas portadoras de VIH, el hecho de que, por esa condición, estén impedidas para contraer matrimonio, o incluso para ejercer una tutela, en términos de la legislación civil.
Para su análisis correspondiente, la iniciativa que deroga la fracción VIII del artículo 299, y la fracción XII del artículo 692 del Código Civil para el Estado de Puebla, fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.









